La realización del transporte público y privado complementario de viajeros y mercancías estará supeditada a la posesión de una autorización que habilite para ello.
Como regla general, las autorizaciones de transporte público deberán domiciliarse en el lugar en que su titular tenga su domicilio fiscal.
TRAMITACIÓN ONLINE
De acuerdo con la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, desde el 1 de enero de 2017 los titulares de autorizaciones de transporte o de operador de transporte están obligados a relacionarse de forma electrónica con las Administraciones Públicas.
Se pueden realizar los trámites de solicitud de alta, baja, mantenimiento de vehículos (inscripción, desadscripción, o sustitución), rehabilitación, invalidación, transmisión y confirmación de visado (renovación) de oficio, de las autorizaciones de transporte en el siguiente enlace:
PAGO DE TASAS
En el siguiente enlace se puede acceder directamente a la pasarela electrónica para el pago de las tasas asociadas a las diferentes autorizaciones de transporte.
TRANSPORTE DE MERCANCÍAS
TRANSPORTE DE VIAJEROS
ACTIVIDADES AUXILIARES Y COMPLEMENTARIAS DE TRANSPORTE
Junta de Castilla y León - Accesibilidad